viernes, 28 de junio de 2013

Regulación de Armas: entre la Seguridad Ciudadana y el Armamentismo

El primer argumento, y me atrevería a decir favorito, de cualquier defensor de las armas, para oponerse a la regulación de su tenencia, es la muy repetida frase: “las armas no matan personas, las personas matan personas”. Siendo la esencia de este argumento que las armas son meras herramientas y que el problema es realmente la mente que las acciona.

Resulta extraña esta argumentación pues es claro que toda invención del ser humano es accionada por él mismo y eso no evita su regulación, muy por el contrario, la hace necesaria. Esto es aún más importante cuando se trata de herramientas que contienen el poder de quitar no una, sino decenas de vidas humanas en cuestión de segundos, siendo tal poder la marca de su peligrosidad y la razón de su regulación.

Sin embargo, cada día que pasa el ser humano crea armas cada vez más potentes, peligrosas y con mayor poder destructivo, pero nuestras leyes para regular su tenencia y su uso, no cambian.

Pero avancemos a una problemática que provoca todavía más consternación, ¿qué pasa cuando no es una mente cegada por la violencia la que la acciona? ¿qué se argumenta entonces?

Pocas veces los opositores de la regulación de armas contemplan la problemática de las muertes causadas por accidentes con armas cometidas por niños y niñas menores de edad. Por el contrario se tiende a minimizar esta realidad al punto de hacerla ver como lejana, excepcional y casi inexistente. Nada podría estar más lejos de la realidad.

Desde la trágica matanza en la escuela de Newtown, Connecticut, EEUU, el 14 de diciembre del año pasado, el tema de la muerte de menores de edad ha atraído mucha más atención, desde entonces, 35 niños y niñas menores de 12 han muerto a manos de un familiar portando un arma de fuego legal y otros 40 han muerto por un accidente involucrando un arma de fuego legal. De esos 40 casos accidentales, 29 fueron cometidos por otros niños.

La violencia con armas de fuego no se limita a sus efectos en nuestros infantes. Un reciente estudio realizado por la Asociación de Alcaldes Contra las Armas Ilegales en EEUU, concluyó que la tenencia de armas repercute de manera directa en la epidemia de violencia doméstica que está sufriendo ese país en este momento. El estudio abarcó 25 años de datos y sus resultados son sorpresivos pero no inesperados: la presencia de un arma en una relación con antecedentes de violencia doméstica implica para ellas un 500% más de probabilidad de ser asesinadas, además las mujeres estadounidenses son 11 veces más propensas a ser asesinadas por sus parejas íntimas que sus homólogas en los demás países desarrollados. 

En nuestro país, según las bases de datos del Poder Judicial, en el año 2012, el 43% de los femicidios fueron ocasionados por armas de fuego, el 80% de los homicidas fueron concubinos y el 20% esposos. El perfil de las víctimas aduce a mujeres costarricenses, dedicadas al hogar y al menos la mitad de las víctimas procrearon hijos con el homicida, la mayoría de ellas ubicadas en el rango de los 20 años. De igual forma el suicidio de jóvenes menores de 25 años es principalmente llevado a cabo con armas de fuego. La mayoría de esas armas son legales y propiedad de un familiar.

En un país donde la cacería ha sido prohibida, con excepción de casos especiales de subsistencia, la única razón que justifica la tenencia de un arma de fuego por parte de un ciudadano es la defensa personal. Esta tenencia debe ser regulada con un marco legal construido alrededor del reconocimiento de las consecuencias de las armas, citadas anteriormente, pero que contenga una visión para combatir el tráfico de armas legales e ilegales.

Hay en este momento dos proyectos de ley en la corriente legislativa tendientes a la regulación de armas en nuestro país. El primero es el proyecto de ley Nº 17977 impulsado por el Movimiento Libertario y el segundo es el proyecto de ley Nº 18050 propuesto por el Ministerio de Justicia y Paz.

El aporte más valioso del proyecto de ley libertario es la creación de clasificaciones de armas según su calibre y poder destructivo. Al igual que con los permisos de conducir para maquinaria pesada, camiones de carga y motocicletas, se necesitan años de experiencia y conocimiento para acceder a los niveles superiores de la clasificación. De esta manera al cumplir los 18 años, un joven puede iniciarse con armas de calibre menor y con los años, y el cumplimiento de requisitos adicionales, tener la posibilidad de obtener permisos para un calibre mayor.

A pesar de lo anterior hay aspectos preocupantes de este proyecto, como lo es la posibilidad de manufactura industrial de armas en nuestro territorio nacional, la cantidad irrestricta de armas que un individuo puede poseer y la no división de los permisos de tenencia (para defensa del hogar) y portación (para defensa personal en público). 

El aporte más valioso del proyecto de ley 18050, es la prohibición de manufactura de armas en el territorio nacional, la restricción sobre la cantidad de armas que un ciudadano puede poseer y la división de los permisos de tenencia y portación. 

Ambos proyectos no son antagónicos, pueden ser fusionados y sus diferencias armonizadas, prevaleciendo siempre el espíritu de resguardo del ánimo pacífico de nuestra nación. Al final, el tema de la tenencia no se trata de prohibición sino de regulación. Todo propietario de un arma debe promover la tenencia responsable de la misma, consciente de lo necesaria que es una educación integral para su uso. Siempre nos hemos enorgullecido de nuestra cultura pacifista y civilista, la regulación de armas que impere en nuestro país determinará el futuro de este carácter nacional.


José Daniel Córdoba
Estudiante de la Facultad de Derecho
Universidad de Costa Rica

Artículo publicado en el diario digital el Pais.cr el 28 de junio de 2013.

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